miércoles, 26 de noviembre de 2014

PPAs, Planes de Previsión Asegurados, la alternativa a las EPSVs y a los Planes de Pensiones

Llegadas estas fechas cercanas a final de año, aunque todavía quede un mes, vemos como las entidades financieras se centran en la comercialización de sus productos de previsión social, EPSVs y Planes de Pensiones, como productos destinados a constituir un ahorro que complemente en un futuro nuestra jubilación.


La normativa fiscal nos permite, en determinados casos, reducirnos el IRPF a pagar en la próxima primavera en función a las aportaciones que hagamos antes de final de año a determinados productos financieros y de seguros. La ventaja principal de estos productos es el ahorro fiscal que se da el año de la aportación, es por ello importante realizar antes de que acabe el año las aportaciones que queramos realizar dentro de los límites que establece la normativa.

Como decimos los productos más conocidos y de los que más oímos hablar en estas fechas y con estos fines son las EPSVS y los Planes de Pensiones. No obstante, hay otro producto que cumplen los mismos fines y del que no se oye tanto hablar, los PPAS o Planes de Previsión Asegurados.

Estos PPAs o Planes de Previsión Asegurados, en nuestra opinión, son de los tres el producto más idóneo de ahorro para complementar la jubilación. En nuestro caso en concreto, recomendamos como mejores productos los seguros; los PPAs o Planes Previsión Asegurados de Allianz.

Pero ¿Qué es un PPA, o un Plan de Previsión Asegurado?

Un Plan de Previsión Asegurado es un contrato de seguro cuya contingencia principal cubierta es la jubilación. No obstante, además de la jubilación, también cubre otras contingencias como la incapacidad laboral total y permanente, el fallecimiento y la dependencia severa o gran dependencia, con posibilidad, a su vez, de disposición anticipada en caso de paro de larga duración y de enfermedad grave.

Este seguro es idéntico en esto a los Planes de Pensiones y las EPSVs, cubre las mismas contingencias que éstos. Este año además, las aportaciones que se hagan a cualquiera de los tres productos no se podrán rescatar a los 10 años, se podrán rescatar exclusivamente cuando se den alguna de las circunstancias vistas.

La principal característica de estos seguros es que ofrecen una garantía de interés y utilizan técnicas actuariales. Por tanto, los PPAs o Planes de Previsión Asegurado garantizan el Capital aportado y una mínima rentabilidad del mismo. Esta es, a nuestro entender, es su característica principal y diferenciadora con la mayoría de Planes de Pensiones y las EPSVs. Por este motivo nosotros recomendamos los PPAs frente a los otros productos.

El Tratamiento Fiscal Planes de Previsión Asegurados es el mismo de los Planes de Pensiones y el de las EPSVs:

Las aportaciones que se hagan a un PPA son reducibles de la base imponible General según los límites establecidos en la Normativa del IRPF. En el caso de Gipuzkoa las aportaciones que se realicen a un PPA son reducibles de la Base Imponible General con el límite de 5.000,00 euros anuales. El PPA, por tanto, conlleva un beneficio fiscal inmediato, en el año de la aportación, que podría ascender hasta 2.450,00 € (49% de la aportación máxima de 5.000,00 €).

Hay que tener muy en cuenta que las aportaciones se reducen de la base imponible general que se integra, básicamente, por rendimientos del trabajo y de actividades económicas. Los PPAs, por tanto, son recomendables para las personas que obtengan durante el año rendimientos del trabajo y de actividades económicas. En esto no se diferencia de las EPSVs ni de los Planes de Pensiones.

Por su parte, las prestaciones futuras de los PPAS pueden ser en forma de capital, en forma de renta o en una forma mixta, de capital y renta. En el futuro las prestaciones tributarán en el IRPF por el 100% de su importe. Salvo en el caso de que el rescate se haga en forma de capital, cuando la primera aportación tenga una antigüedad de más de dos años, que se tributará por el 60% de su importe.

Los importes que se cobren tendrán la consideración de rendimientos del trabajo y se integrarán en la base imponible general, tributando conjuntamente con la jubilación a la escala general del impuesto, pudiendo llegar a pagar hasta el 49% del importe total percibido.

El beneficio fiscal, principal de este producto es el diferimiento de la tributación. En el IRPF se pagará en el año del rescate en el futuro, una vez jubilado, en su caso.

Por todo ello, recomendamos realizar antes de final de año aportaciones extraordinarias hasta completar los 5.000,00€ o contratar un PPA o Plan de Previsión de Asegurado con una compañía de seguros de reconocido prestigio. Nosotros, como ya hemos dicho recomendamos Allianz, para lo cual nos ponemos a vuestro servicio en EURITAX SEGUROS EMPRESARIALES, 943 21 81 39 si lo consideráis oportuno. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario